domingo, 6 de septiembre de 2015

"MACAEL: TESTAMENTO DE PEDRO RAMÍREZ AÑO 1.591"

OLULA DEL RÍO
Comarca

MACAEL:
“Testamento de Pedro Ramírez vecino de Macael otorgado en el año 1.591”

MACAEL MORISCO Y CRISTIANO
Ginés Pastor Medina.
I.E.A. y Ayuntamiento de Macael.


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“Sepan cuantos esta carta de testamento, vieren, como yo, Pedro Ramírez, vecino que soy de esta villa de Macael, estando enfermo del cuerpo, aunque sano de mi juicio y entendimiento natural, tal cual Dios nuestro Señor, tuvo por bien y le plegó de dármelo, creyendo como creo en la Santísima Trinidad, Padre, Hijo y Espíritu Santo, tres Personas y un solo Dios verdadero, y en todo aquello que cree y tiene la Santa Madre Iglesia en Roma, como bueno y fiel cristiano, viendo que las cosas de este mundo son fallecederas y las del otro durables, para siempre jamás, otorgo y conozco que hago y ordeno este mi testamento escrito”
“Primeramente encomiendo mi ánima a Dios Nuestro Señor,… que la crió y redimió con su preciosa sangre y le pido haga de ella misericordia y la lleve a su Santo Reino y mandó para el cuerpo a la tierra de donde fue formado; mando que cuando a nuestro Señor Dios pluguiere de llevar mi ánima de esta vida, que mi cuerpo sea sepultado en la iglesia de esta villa de Macael y me acompañen mi cuerpo la cruz y el cura de esta villa y se le pague la limosna acostumbrada de mis bienes”. Mando que el día de mi enterramiento y otro día siguiente, sino fuere día de decir misas, se haga por mi ánima en la dicha villa una misa de Requiem, cantada con su vigilia de tres lecciones, ofrendada de pan y vino y cera, como es costumbre y se pague de mis bienes.
Declaro que debo a Diego Fernández, mercader, 3 ducados menos 3 reales. Tres ducados a la viuda de Alonso Sánchez. Así declaro que de todas las cuentas que he tenido con Salmerón solo quedo a deber más de 6 reales.
Declaro que debo a Antonio Serrano 2 reales que restó del marrano y demás que me vendió.
Así mismo que le tengo dado al vicario 42 ducados por el tiempo que he tenido el horno de la iglesia, con los cuales 42 ducados le acababa todo lo que ha montado el arrendamiento del horno.
Declaro que debo a Diego Mateo 2 reales y medio de un recargo de un poco de vino que me fió.
Declaro que me debe Lázaro de Tapia 40 reales y medio de un poco de vino que yo tomé para mi y para él del dicho Diego Mateo, vecino de Baza.
Mando que todo lo suso dicho se pague de mis bienes muebles y raices y de mi lo remanente de ellos.
Dejo a mi mujer Marí Diaz por universal heredera, mientras viviere y después de sus días, partan mis hijos por iguales partes, excepto mi hijo el mayor Antonio Ramirez, porque a ese le tengo mercada una hacienda de población, donde pueda vivir, así que es mi voluntad que se repartan mis bienes después de la vida de mi mujer entre mis tres hijos: Antonio Ramirez, Pedro Ramirez y María Ramirez.
Declaro que yo tengo puesto a mi hijo Antonio Ramirez a soldada con Antonio de Plaza, vecino de la ciudad de Baza, por cuantía de 9 ducados, el cual entró a servir por carnestolendas del año 1.591.
Mando que si alguno viniere pidiendo alguna cosa que sea hasta 3 reales, que recibiendole juramente que se los pagen”.
“Y yo, el dicho beneficiado, doy fe de que conozco al otorgante y testigos infrascriptos de los cuales testigos firmó Julián Ruiz, y los demás no firmaron porque no saben y lo firmó el dicho testador Pedro Ramirez.
Que es hecho en Macael a 5 de Diciembre 1.591, siendo testigo Julián Ruiz, vecino de Fines, Antón Perez, Ginés Muñoz, Francisco de la Cruz, Miguel Sánchez, vecinos de Macael”



Juan Sánchez-AGOSTO-2.015

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